INVIED, Instituto de Vivienda Fuerzas Armadas

El Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa es el órgano del Ministerio de Defensa encargado de facilitar la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.

invied

Realiza su función a través de las siguientes medidas de apoyo:

  • Facilitar una compensación económica para atender las necesidades de vivienda originadas por cambio de destino que suponga cambio de localidad
  • Adjudicar viviendas militares en régimen de arrendamiento especial
  • Proporcionar ayuda económica para la adquisición de vivienda en propiedad

Además de estas prestaciones, el Instituto pone a la venta las viviendas militares que quedan desocupadas, por el procedimiento de concurso, entre el personal militar y civil destinado en el Ministerio de Defensa.

http://www.invied.mde.es/Galerias/ficheros/general/carta_servicios_invied.pdf

COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR TRASLADO DE RESIDENCIA

¿Quién puede solicitarla?

El militar de carrera de las Fuerzas Armadas, que se encuentre en situación de servicio activo o reserva con destino, cuando cambie de destino que suponga cambio de localidad o área geográfica y de residencia habitual respecto de la del primer o anterior destino.

También, el militar de complemento y el militar profesional de tropa y marinería que mantiene una relación de servicios de carácter temporal, que se encuentre en la situación de servicio activo y haya cumplido tres años de tiempo de servicios, y se den las circunstancias señaladas en el párrafo anterior.

No obstante lo anterior, para acceder a esta ayuda el interesado no deberá estar incurso en ninguna incompatibilidad de las contempladas en el artículo 12 de la Ley 26/1999, y en los artículos 60, 61 y 62 del Real Decreto 1286/2010.

¿Desde qué momento puedo solicitar la compensación económica?
Una vez publicado en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa el destino que suponga cambio de localidad o área geográfica y disponga del correspondiente certificado de empadronamiento, puede solicitar la compensación económica.

¿Cómo se realiza la solicitud?

La solicitud se formalizará en modelo oficial que se dirigirá al Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa y se podrá presentar en cualquiera de los registros o lugares que se señalan en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para acreditar el cambio de residencia, será necesario darse de alta en el padrón municipal donde se fije la residencia habitual. La fecha de alta deberá ser posterior a la fecha de efectividad del destino. Asimismo, en el modelo de solicitud se incluye una declaración responsable en la que el solicitante debe indicar la localidad donde fija su residencia y la fecha de alta en el padrón, así como prestar su consentimiento para que los datos relativos a la nueva residencia habitual puedan ser consultados por el Invied mediante el Sistema de Verificación de Datos de Residencia. De no hacerlo así, deberá presentar mensualmente un certificado de empadronamiento.

En caso de que su solicitud resulte inadmitida o excluida, se notificará individualmente a cada interesado, en la dirección indicada a tal efecto, pudiendo formular los recursos que procedan.

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